Concluye IEEG cómputos distritales y municipales

 

  • Los cómputos distritales y municipales confirmaron la información publicada en el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP).

  

 

El Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) concluyó con los cómputos distritales y municipales de la elección del 2 de junio en Guanajuato, los cuales confirmaron los resultados previstos por el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP).

 

De acuerdo a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (LIPEEG), los cómputos municipales es la suma que realiza el consejo electoral municipal de los resultados registrados en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas del municipio, con ello se procede a la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.

 

Por su parte, los cómputos distritales es el procedimiento en virtud del cual el consejo distrital electoral determina mediante la suma de los resultados anotados en las actas correspondientes en las casillas electorales, la votación obtenida en su jurisdicción en una elección estatal o distrital.

 

En total, los 68 consejos electorales distritales y municipales realizaron 90 cómputos: 46 para la elección de ayuntamientos, 22 para la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa y 22 para la elección de la gubernatura.

 

El Consejo General del Instituto desde la mañana del miércoles 5 de junio y hasta la conclusión de los cómputos en los consejos distritales y municipales que se dio el jueves 6 de junio a las 22:30 horas, se mantuvo en sesión de vigilancia permanente.

 

Cabe destacar que los cómputos distritales y municipales confirmaron los datos publicados en el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) en cuanto a las candidaturas ganadoras.

En su mensaje de clausura de la sesión de vigilancia del desarrollo de los cómputos distritales y municipales, la consejera presidenta, Brenda Canchola Elizarraraz, destacó y agradeció la gran labor de todas las personas que laboraron en cada uno de los 68 consejos electorales durante sus respectivas sesiones de cómputos.

“Agradecer el arduo trabajo que se dio en cada uno de los consejos distritales y municipales, de todo el personal del IEEG comprometido con este trabajo y en el que en algunos casos fueron más de 38 horas de trabajo”, resaltó la consejera presidenta.

La sesión de cómputo estatal se efectuará el domingo 9 de junio del presente año a partir de las 08:00 horas.

La sesión completa de vigilancia se puede ver en las redes sociales institucionales del IEEG.

Agradecemos su difusión.

FUNDAMENTO:

Se levantarán las Actas de entrega-recepción de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Archivos del Estado de Guanajuato la cual señala:

Artículo. 10 (…) El servidor público que concluya su empleo, cargo o comisión, deberá garantizar la entrega de los archivos a quien lo sustituya o, en caso de que no lo hubiere, a su superior jerárquico, debiendo estar organizados y descritos de conformidad con los instrumentos de control y consulta archivísticos que identifiquen la función que les dio origen en los términos de esta Ley.

Artículo 19. Los servidores públicos que deban elaborar un acta de entrega-recepción, deberán entregar los archivos que se encuentren bajo su custodia, así como los instrumentos de control y consulta archivísticos actualizados, señalando los documentos con posible valor histórico de acuerdo con el catálogo de disposición documental.

Artículo 20.
En caso de que algún sujeto obligado, área o unidad de éste, se fusione, extinga o cambie de adscripción, el responsable de los referidos procesos de transformación se asegurará que todos los documentos de archivo y los instrumentos de control y consulta archivísticos sean trasladados a los archivos que correspondan, de conformidad con esta Ley y su reglamento. En ningún caso, la entidad receptora podrá modificar los instrumentos de control y consulta archivísticos.

Artículo 21.
Tratándose de la liquidación o extinción de un sujeto obligado, será obligación del liquidador remitir copia del inventario de los expedientes, del fondo que se resguardará en el Archivo General del Estado.

Asimismo, las Condiciones Generales de Trabajo del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, establecen:

Art. 74. El personal que se separa del Instituto debe efectuar la entrega y rendir informes de los documentos, bienes y recursos asignados a su custodia, así como de los asuntos que tenga bajo su responsabilidad. Para ello, la Coordinación Administrativa en comunicación con el Órgano Interno de Control, debe disponer la elaboración del documento de entrega-recepción.

Por su parte la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, estipula:

Artículo 49. Incurrirá en Falta administrativa no grave el servidor público cuyos actos u omisiones incumplan o transgredan lo contenido en las obligaciones siguientes:

(..)

VII. Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones, en términos de las normas aplicables;